Transparencia
En esta sección podrás encontrar toda la información necesaria sobre nuestra asociación.
La asociación social y cultural para las mujeres Mararía es una entidad sin ánimo de lucro, de ámbito nacional cuya finalidad es ofrecer atención integral a las mujeres en los ámbitos social, jurídico, cultural, laboral, psicológico, formativo y profesional, así como proponer y realizar actuaciones de carácter divulgativo o reivindicativo de los derechos de las mujeres.
Información General:
La asociación social y cultural para las mujeres Mararía constituyó el 11 de mayo de 1994.
Declarada de Utilidad pública por el Ministerio del Interior el 15 de noviembre de 2011.
Inscrita en el Registro de Asociaciones Nacional Grupo 1/ Sección 1/ Nº Nacional: 598096.
Inscrita en el Registra de Entidades Colaboradoras de Servicios Sociales de Canaria con el número GC GC 09688.
Acreditada como entidad del Voluntariado con número 35/2004/23.
Normativa aplicable:
Autonómica:
Ley 4/20003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias https://www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-6500-consolidado.pdf
Decreto 12/2007, de 5 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias
https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/038/001.html
Estatal:
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-5852
Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-615
Fines de la entidad:
1.- Ejercitar ante los poderes públicos y órganos legislativos del derecho de petición para
obtener la modificación y preceptos legales.
2.- Colaboración/cooperación con otras asociaciones/federaciones de carácter local,
autonómico, nacional e internacional que desarrollen programas y/o proyectos para erradicar
la violencia de género y fomentar alianzas con el movimiento feminista y con el tercer sector
de acción social.
3.- Ejercitar las acciones civiles y penales en aquellos casos que, en función de los fines de la
Asociación presentes Estatutos, sean de interés para la misma.
4.- La garantía de los derechos humanos y las libertades fundamentales (Artículo 3 CEDAW), la
defensa de los derechos profesionales, jurídicos y culturales de las mujeres, incidiendo de
forma especial en aquellos colectivos que sufren múltiple discriminación, en particular el
derecho a la igualdad de género y la lucha contra la discriminación a las mujeres: mujeres
inmigrantes, con diversidad funcional, rurales, mayores, colectivo LGTBI+, jóvenes, minorías
étnicas, empobrecidas, menores, con problemas de salud u otras circunstancias que aumenten
la vulnerabilidad.
5.- Acciones contra la violencia basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda
tener como resultado un daño o sufrimiento físico, psíquico o sexual para la mujer (y
menores), así como las amenazas de tales actos, la coacción y/o la privación arbitraria de la
libertad, tanto si se producen en la vida pública como privada (ONU 1993). Se incluye por tanto
la violencia de género ejercida por parejas o ex parejas (recogida en la Ley Orgánica 1/2004 de
Protección Integral contra la violencia de género), violencia de género por razones de
parentesco o vinculación familiar y las violencias económicas e institucionales.
6.-Desarrollar proyectos para la igualdad en el acceso a la educación y en la orientación
profesional, la coeducación, la eliminación de estereotipos sexuales, la educación sexual, la
tasa de fracaso y abandono escolar, la educación sexual, la ciudadanía y a la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento del deporte (artículo 10 CEDAW).
7.- Fomentar la igualdad de oportunidades de las mujeres del medio rural para la participación
en la toma de decisiones de desarrollo, la atención médica, incluyendo los derechos sexuales y
reproductivos, la protección social por maternidad, jubilación, desempleo, enfermedad e
invalidez, el acceso a la educación, al transporte y las comunicaciones, al acceso a los servicios
comunitarios, a las tecnologías, organizar grupos de autoayudas y cooperativas para obtener
igualdad de oportunidades económicas u otras (artículo 14 CEDAW) incluyendo el
reconocimiento de los derechos profesionales de las mujeres campesinas que producen
alimentos sostenibles.
8.- Crear un clima de opinión pública propicio para la integración plena de la sociedad de las
mujeres y favorecer el movimiento asociativo de mujeres, coordinando e impulsando
actividades ante las administraciones públicas /privadas.
9.- Acciones que fomenten la participación paritaria en la vida política y pública local,
autonómica, europea, internacional (artículo 7 y 8 CEDAW).
10.- Desarrollo de proyectos que persigan la igualdad de oportunidades entra mujeres y
hombres incluyendo la actividad mercantil, al autoempleo, el pleno empleo y el acceso al
empleo con los mismos criterios de selección; los derechos a elegir libremente profesión y
empleo, el ascenso, a la estabilidad en el empleo y a la formación profesional; a igual
remuneración y prestaciones por trabajo de igual valor, a la protección de la salud y a la
protección social por maternidad; a la no discriminación por razón de sexo, al reparto
igualitario entre mujeres y hombres de los permisos y servicios de corresponsabilidad de la
vida familiar, personal y laboral.
11.- Acciones que promuevan la salud de las mujeres incluyendo la mental, la sexual y
reproductiva y el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, la educación sexual y
afectiva, la prevención del VIH-SIDA y otras infecciones de transmisión sexual, la prevención,
detección y atención desde la sanidad pública de la violencia de género.
12.- Fomentar los mismo derechos y responsabilidades personales, económicos respecto al
cuidado de menores y dependientes, entre mujeres y hombres, tanto durante el matrimonio
y/o relación análoga y con ocasión de su disolución. La no discriminación de las madres
solteras y otras mujeres solas con responsabilidades familiares no compartidas.
13.- Desarrollar acciones de solidaridad y de cooperación internacional con perspectiva de
igualdad de género.
14.- Incentivar y formar el voluntariado social con perspectiva de género.
15.- Fomentar actividades encaminadas a la atención integral y habitacional de las mujeres
víctimas de violencia de género y/o en situación de discriminación social, de los/las menores a
su cargo y de menores en situación de exclusión social