Transparencia

En esta sección podrás encontrar toda la información necesaria sobre nuestra asociación.

La asociación social y cultural para las mujeres Mararía es una entidad sin ánimo de lucro, de ámbito nacional cuya finalidad es ofrecer atención integral a las mujeres en los ámbitos social, jurídico, cultural, laboral, psicológico, formativo y profesional, así como proponer y realizar actuaciones de carácter divulgativo o reivindicativo de los derechos de las mujeres.

Información General:

La asociación social y cultural para las mujeres Mararía constituyó el 11 de mayo de 1994.

Declarada de Utilidad pública por el Ministerio del Interior el 15 de noviembre de 2011.

Inscrita en el Registro de Asociaciones Nacional Grupo 1/ Sección 1/ Nº Nacional: 598096.

Inscrita en el Registra de Entidades Colaboradoras de Servicios Sociales de Canaria con el número GC GC 09688.

Acreditada como entidad del Voluntariado con número 35/2004/23.

Normativa aplicable:

Autonómica:

Ley 4/20003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias https://www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-6500-consolidado.pdf

Decreto 12/2007, de 5 de febrero , por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias

https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2007/038/001.html

Estatal:

Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-5852

Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-615

Fines de la entidad:

1.- Ejercitar ante los poderes públicos y órganos legislativos del derecho de petición para

obtener la modificación y preceptos legales.

2.- Colaboración/cooperación con otras asociaciones/federaciones de carácter local,

autonómico, nacional e internacional que desarrollen programas y/o proyectos para erradicar

la violencia de género y fomentar alianzas con el movimiento feminista y con el tercer sector

de acción social.

3.- Ejercitar las acciones civiles y penales en aquellos casos que, en función de los fines de la

Asociación presentes Estatutos, sean de interés para la misma.

4.- La garantía de los derechos humanos y las libertades fundamentales (Artículo 3 CEDAW), la

defensa de los derechos profesionales, jurídicos y culturales de las mujeres, incidiendo de

forma especial en aquellos colectivos que sufren múltiple discriminación, en particular el

derecho a la igualdad de género y la lucha contra la discriminación a las mujeres: mujeres

inmigrantes, con diversidad funcional, rurales, mayores, colectivo LGTBI+, jóvenes, minorías

étnicas, empobrecidas, menores, con problemas de salud u otras circunstancias que aumenten

la vulnerabilidad.

5.- Acciones contra la violencia basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda

tener como resultado un daño o sufrimiento físico, psíquico o sexual para la mujer (y

menores), así como las amenazas de tales actos, la coacción y/o la privación arbitraria de la

libertad, tanto si se producen en la vida pública como privada (ONU 1993). Se incluye por tanto

la violencia de género ejercida por parejas o ex parejas (recogida en la Ley Orgánica 1/2004 de

Protección Integral contra la violencia de género), violencia de género por razones de

parentesco o vinculación familiar y las violencias económicas e institucionales.

6.-Desarrollar proyectos para la igualdad en el acceso a la educación y en la orientación

profesional, la coeducación, la eliminación de estereotipos sexuales, la educación sexual, la

tasa de fracaso y abandono escolar, la educación sexual, la ciudadanía y a la igualdad de

oportunidades entre mujeres y hombres y el fomento del deporte (artículo 10 CEDAW).

7.- Fomentar la igualdad de oportunidades de las mujeres del medio rural para la participación

en la toma de decisiones de desarrollo, la atención médica, incluyendo los derechos sexuales y

reproductivos, la protección social por maternidad, jubilación, desempleo, enfermedad e

invalidez, el acceso a la educación, al transporte y las comunicaciones, al acceso a los servicios

comunitarios, a las tecnologías, organizar grupos de autoayudas y cooperativas para obtener

igualdad de oportunidades económicas u otras (artículo 14 CEDAW) incluyendo el

reconocimiento de los derechos profesionales de las mujeres campesinas que producen

alimentos sostenibles.

8.- Crear un clima de opinión pública propicio para la integración plena de la sociedad de las

mujeres y favorecer el movimiento asociativo de mujeres, coordinando e impulsando

actividades ante las administraciones públicas /privadas.

9.- Acciones que fomenten la participación paritaria en la vida política y pública local,

autonómica, europea, internacional (artículo 7 y 8 CEDAW).

10.- Desarrollo de proyectos que persigan la igualdad de oportunidades entra mujeres y

hombres incluyendo la actividad mercantil, al autoempleo, el pleno empleo y el acceso al

empleo con los mismos criterios de selección; los derechos a elegir libremente profesión y

empleo, el ascenso, a la estabilidad en el empleo y a la formación profesional; a igual

remuneración y prestaciones por trabajo de igual valor, a la protección de la salud y a la

protección social por maternidad; a la no discriminación por razón de sexo, al reparto

igualitario entre mujeres y hombres de los permisos y servicios de corresponsabilidad de la

vida familiar, personal y laboral.

11.- Acciones que promuevan la salud de las mujeres incluyendo la mental, la sexual y

reproductiva y el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, la educación sexual y

afectiva, la prevención del VIH-SIDA y otras infecciones de transmisión sexual, la prevención,

detección y atención desde la sanidad pública de la violencia de género.

12.- Fomentar los mismo derechos y responsabilidades personales, económicos respecto al

cuidado de menores y dependientes, entre mujeres y hombres, tanto durante el matrimonio

y/o relación análoga y con ocasión de su disolución. La no discriminación de las madres

solteras y otras mujeres solas con responsabilidades familiares no compartidas.

13.- Desarrollar acciones de solidaridad y de cooperación internacional con perspectiva de

igualdad de género.

14.- Incentivar y formar el voluntariado social con perspectiva de género.

15.- Fomentar actividades encaminadas a la atención integral y habitacional de las mujeres

víctimas de violencia de género y/o en situación de discriminación social, de los/las menores a

su cargo y de menores en situación de exclusión social

2019

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Junta directiva

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Evaluación Transparencia

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Trayectoria profesional de la Junta Directiva

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Organigrama

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Código Ético

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Convenio

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Contrato menor 2021

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Web del Comisionado de transparencia de Canarias

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Ley Canaria de Transparencia 12/2014

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Formulario de reclamación del portal de transparencia:

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Ley Estatal de transparencia

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